Prácticamente ningún niño oyente es privado de acceso a input lingüístico, y de hecho, se consideraría un crimen serio el impedirle acceso a una lengua. Sin embargo, los niños sordos son privados, regularmente y de manera legal, de acceso a la lengua que les es propia, la lengua de señas. Basados en la idea de que esto ocurre porque no se entiende que las lenguas de señas son lenguas plenas y que tampoco se tiene consciencia de las graves consecuencias de la privación lingüística, en este artículo exponemos las razones por las que la moderna investigación científica considera plenas a las lenguas de señas y reseñamos las serias ramificaciones que implica el cortar acceso temprano a la lengua de señas (una situación recientemente denominada “Síndrome de Privación Lingüística). Se sugiere que privar a un niño sordo de su lengua debería ser tan ilegal como hacer eso a un niño oyente.
Autor(es):RODRÍGUEZ MONDOÑEDO, Miguel
Año: 2020
Ciudad: Lima
Url: https://www.aiedi.org/2020/01/17/privacion-linguistica-el-caso-de-la-lengua-de-senas/