"Por una tutela específica de las obligaciones de hacer infungibles y de no hacer: un estudio sobre la evolución histórica y comparada del nemo ad factum praecise cogi potest y su vigencia en el Código Civil peruano de 1984"
En la presente investigación, a través del estudio histórico y la actualidad del nemo ad factum en el derecho francés y en las principales experiencias jurídicas, se busca demostrar que dicho adagio ha perdido su sentido original, no siendo incompatible con la tutela específica de las obligaciones de hacer y no hacer infungibles ni con las astreintes. En vista de ello, se propone deconstruir el entendimiento mayoritario de la doctrina civilista peruana sobre los numerales 1 de los artículos 1150 y 1158 del Código Civil peruano de 1984. Asimismo, se plantea cuatro sentidos para comprender la institución de la “ejecución forzada” en los numerales 1 de los anteriores artículos, para luego optar por el sentido interpretativo más adecuado. Éste supone entender que estas normas jurídicas regulan tanto el remedio material de la tutela específica para el incumplimiento de las obligaciones de hacer y de no hacer infungibles como regla general, así como la prohibición de la violencia a través de medios ejecutivos directos sobre la persona del deudor.
En la presente investigación, a través del estudio histórico y la actualidad del nemo ad factum en el derecho francés y en las principales experiencias jurídicas, se busca demostrar que dicho adagio ha perdido su sentido original, no siendo incompatible con la tutela específica de las obligaciones de hacer y no hacer infungibles ni con las astreintes. En vista de ello, se propone deconstruir el entendimiento mayoritario de la doctrina civilista peruana sobre los numerales 1 de los artículos 1150 y 1158 del Código Civil peruano de 1984. Asimismo, se plantea cuatro sentidos para comprender la institución de la “ejecución forzada” en los numerales 1 de los anteriores artículos, para luego optar por el sentido interpretativo más adecuado. Éste supone entender que estas normas jurídicas regulan tanto el remedio material de la tutela específica para el incumplimiento de las obligaciones de hacer y de no hacer infungibles como regla general, así como la prohibición de la violencia a través de medios ejecutivos directos sobre la persona del deudor.
"La cosa juzgada y su 'inmutabilidad': problemas conceptuales y una aproximación al estudio de un sistema de estabilidades procesales"
Desde una mirada teórico-procesal, esta investigación se orienta a cuestionar la característica de “inmutabilidad” de la cosa juzgada, mostrando diversos mecanismos procesales que llevan a concluir la posibilidad de revisar una resolución con autoridad de cosa juzgada en el proceso judicial. En esa línea, se sostiene que la “inmutabilidad” no es una propiedad del concepto de cosa juzgada, por lo que se pretende identificar la existencia de dos dimensiones de la seguridad jurídica: estática y dinámica. Finalmente, se concluye con un análisis crítico de la teoría de Antonio do Passo Cabral, quien propone una renuncia a la inmutabilidad de la cosa juzgada por un sistema de estabilidades procesales.
Desde una mirada teórico-procesal, esta investigación se orienta a cuestionar la característica de “inmutabilidad” de la cosa juzgada, mostrando diversos mecanismos procesales que llevan a concluir la posibilidad de revisar una resolución con autoridad de cosa juzgada en el proceso judicial. En esa línea, se sostiene que la “inmutabilidad” no es una propiedad del concepto de cosa juzgada, por lo que se pretende identificar la existencia de dos dimensiones de la seguridad jurídica: estática y dinámica. Finalmente, se concluye con un análisis crítico de la teoría de Antonio do Passo Cabral, quien propone una renuncia a la inmutabilidad de la cosa juzgada por un sistema de estabilidades procesales.
"La motivación de las resoluciones judiciales y el poder probatorio de oficio en el Primer Juzgado Civil de Huánuco (2017-2018)"
Esta investigación es producto del cuestionamiento práctico que se tiene frente a la aplicación de la prueba de oficio en el proceso civil peruano. Dicha aplicación, al margen de tener parámetros o límites, debe poseer una motivación que se traduzca en una justificación racional de su actuación. El discurso entorno a la aplicación de la prueba de oficio, aparte de hacer explícita las premisas fácticas y normativas de la misma, debe mantener un criterio racional al desarrollar la justificación interna y externa. El cumplimiento de estas exigencias supondrá la posibilidad de un adecuado uso de la prueba de oficio y de un conveniente control endoprocesal de la motivación de la prueba de oficio.
Esta investigación es producto del cuestionamiento práctico que se tiene frente a la aplicación de la prueba de oficio en el proceso civil peruano. Dicha aplicación, al margen de tener parámetros o límites, debe poseer una motivación que se traduzca en una justificación racional de su actuación. El discurso entorno a la aplicación de la prueba de oficio, aparte de hacer explícita las premisas fácticas y normativas de la misma, debe mantener un criterio racional al desarrollar la justificación interna y externa. El cumplimiento de estas exigencias supondrá la posibilidad de un adecuado uso de la prueba de oficio y de un conveniente control endoprocesal de la motivación de la prueba de oficio.
"Los precedentes en serio. Hacia una reconstrucción crítica del concepto de precedente en la praxis de las Salas Civiles de la Corte Suprema peruana y su compatibilidad con el principio de separación de poderes"
Esta investigación demuestra que las sentencias plenarias que consagran reglas jurisprudenciales vinculantes, expedidas en el marco de los denominados “plenos casatorios” (artículo 400 del Código Procesal Civil), resultan inconstitucionales toda vez que los jueces civiles de la Corte Suprema asumen un rol equiparable a la de un legislador positivo lo cual quebranta el principio de separación de poderes. En atención a ello, se ofrece una propuesta interpretativa del artículo 400 que insta a la adopción de un trabajo con precedentes basado en hechos compatibilizando, de esta manera, la praxis de dichas Salas Civiles con el principio de separación de poderes.
Esta investigación demuestra que las sentencias plenarias que consagran reglas jurisprudenciales vinculantes, expedidas en el marco de los denominados “plenos casatorios” (artículo 400 del Código Procesal Civil), resultan inconstitucionales toda vez que los jueces civiles de la Corte Suprema asumen un rol equiparable a la de un legislador positivo lo cual quebranta el principio de separación de poderes. En atención a ello, se ofrece una propuesta interpretativa del artículo 400 que insta a la adopción de un trabajo con precedentes basado en hechos compatibilizando, de esta manera, la praxis de dichas Salas Civiles con el principio de separación de poderes.