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La Oralidad en el Proceso Civil Peruano
El destacado procesalista Luis Alfaro explica cuáles son los fundamentos que sustentanla aplicación de la técnica de la oralidad en el proceso civil peruano. Igualmente, deta-lla ciertas circunstancias por las cuales, pese a que desde el año 1993 se cuenta con unsistema procesal que ha apostado por este modelo, su presencia como técnica proce-sal recién se ha mantenido constante desde el 2018. Asimismo, brinda mayores alcan-ces con relación a la utilidad de la oralidad y explica si considera que la materializaciónde los llamados “principios consecuencias” solo se logra mediante su aplicación. Final- mente, detalla cómo es que se puede lograr una efectiva implementación de la oralidaden el proceso civil peruano
Año de publicación: 2021
TUTELA CAUTELAR ANTICIPADA Y AUTOSATISFACTIVA EN EL DERECHO PROCESAL DE FAMILIA
Los procesos de familia deberían ser resueltos de forma rápida, no obstante, la realidad nos muestra que no se tramitan con la celeridad que amerita. Por ello, el autor refiere que cobra capital importancia la necesidad de solicitar y/o conceder tutelas que permitan salvaguardar de manera oportuna los intereses que subyacen en estos procesos. Asimismo, señala que las tutelas que se pueden dictar en el Derecho Procesal de Familia son: i) cautelar; ii) anticipada; y, iii) autosatisfactiva. En este ensayo, se estudian estas medidas, sus semejanzas y diferencias, desarrollándose además aquellas específicas que se pueden solicitar en los procesos de familia.
Año de publicación: 2021
LA IDEOLOGÍA DE LOS MEDIOS PROBATORIOS DE OFICIO A PROPÓSITO DEL MODELO COLABORATIVO ENTRE EL JUEZ Y LAS PARTES
El autor aborda una forma de concebir la prueba de oficio, a la luz de la ideología basada en un modelo colaborativo entre el juez y las partes en el proceso que justifique la relevancia de su actuación y cómo a través de esta forma de concebir el proceso, la finalidad de la prueba adquiere una real dimensión para los fines que el proceso persigue. En ese sentido, desarrolla brevemente este modelo cooperativo, el vínculo entre el proceso y la verdad, asumiendo la teoría epistemológica de la prueba para alcanzar la averiguación de la verdad de los hechos y cómo es que esta práctica no afecta la imparcialidad del juzgador.
Año de publicación: 2021
NUEVAS FORMAS DE TRABAJO E INDICIOS DE LABORALIDAD. A PROPÓSITO DEL TRABAJO PERSONAL PRESTADO A TRAVÉS DE LAS PLATAFORMAS DIGITALES
Los autores analizan el trabajo prestado a través de plataformas digitales offline a partir de sus principales características. Así, la precariedad laboral en esta nueva forma de empleo demuestra la necesidad de tutela por parte del derecho del trabajo. En esa línea, la facilitación probatoria- a través de presunciones legales, nuevos indicios de laboralidad, cargas dinámicas y el principio de primacía de la realidad- cobra especial relevancia para el reconocimiento del vínculo laboral.
Año de publicación: 2021
Las etapas procesales de la ejecucion forzada: Una explicación detallada
En el texto, Rubén Gonzales concluye que “El camino del proceso de ejecución forzada en nuestro país presenta diversas características importantes para satisfacer las creencia demandada. Las formalidades en la ejecución forzada deben ser cumplidas sin excepción, a fin de no perjudicar la validez de los actos procesales que la componen”.
Año de publicación: 2020
Aproximación a un estándar de prueba para concesión de medidas cautelares en el proceso civil
El procesalista Brando Paredes Miranda refiere que la inexistencia de un estándar para la concesión de medidas cautelares en el proceso civil no permite al juez sintetizar su actividad a través de inferencias lógicas. Por ello, propone que el fumus boni iuris o probabilidad de la existencia del derecho invocado deba sustentarse en un razonamiento indiciario (indicios equiprobables) que permita concluir la probable existencia del derecho que se pretende asegurar con la medida cautelar; para lo cual el magistrado deberá excluir las hipótesis que no guarden relación con los indicios, que sean implausibles y/o aquellas hipótesis ad hoc.
Año de publicación: 2020
La cuestión de la oposición de la medida cautelar concedida en segundo grado
El profesor Luis Alfaro analiza el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, llevado a cabo los días 14 y 15 de noviembre del 2019 en la ciudad de Lima, especialmente el referido a la posibilidad de formular oposición contra la medida cautelar concedida en sede de apelación, esto es, al haberse revocado por el órgano revisor la resolución denegatoria en primer grado.
Año de publicación: 2020
El derecho al contradictorio en la tutela cautelar
El profesor Luis Alfaro Valverde explica las razones por las cuales considera adecuado incorporar el contradictorio previo en el procedimiento cautelar, tal como lo propone el reciente Anteproyecto de Reforma del Código Procesal Civil. Sobre el particular, afirma que la regla general en los procesos cautelares debería ser el contradictorio previo, en virtud del cual, el juez, previo a decidir, deberá poner a conocimiento de las partes la solicitud cautelar, dentro de un determinado plazo, para su pronunciamiento. Asimismo, refiere que lo ideal sería que debería realizarse una audiencia especial para ello.
Año de publicación: 2020
¿El juez conoce el Derecho? Algunos aspectos controversiales con relación a la aplicación del principio de iura novit curia en el proceso civil
A través de este artículo académico, los autores desarrollan el fundamento y límites del principio de iura novit curia en el proceso civil peruano, a efectos de poder dar respuestas prácticas a los principales problemas que conlleva su aplicación por parte del juez. Así, explican por qué un adecuado entendimiento del principio iura novit curia no puede conllevar a que el juez emita sentencias en base a causales jurídicas que no han sido debidamente delimitadas en la demanda, y que hayan constituido materia de debate por las partes en el proceso. Finalmente, señalan por qué la aplicación del principio iura novit curia no permite que el juez pueda emitir fallos sorpresas, es decir, aquellos basados en fundamentación jurídica que no ha sido parte de la controversia en el proceso.
Año de publicación: 2020
Algunos comentarios a las instituciones de la acumulación de pretensiones, litisconsorcio e intervención de terceros en el proyecto de reforma al Código Procesal Civil
Eduardo Ávila Alvarado, miembro del GIDEPROC, realiza un exhaustivo análisis del proyecto de reforma al Código Procesal Civil, específi camente en los temas relacionados a la acumulación de pretensiones, litisconsorcio e intervención de terceros. Respecto al primero, asevera que lo correcto sería evaluar las pretensiones con todos sus elementos (subjetivo, objetivo y causa) para analizar si existe o no conexión entre ellos, caso contrario estaríamos ante una evaluación parcial de los mismos. Sobre el segundo, sostiene que tanto los litisconsortes necesarios como los cuasinecesarios son cotitulares de una sola pretensión discutida en juicio. Finalmente, afi rma que el Proyecto deja establecido que la intervención litisconsorcial es exclusiva para los casos de la intervención de litisconsortes cuasinecesarios, excluyendo por tanto a los necesarios y facultativos
Año de publicación: 2019