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Los aceites comestibles residuales (ACR) y el Régimen Especial de Gestión de Residuos de Bienes Priorizados del Perú
A la luz de la nueva reglamentación para los residuos sólidos por medio del Decreto  legislativo (DL) 1278 que aprueba la nueva Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su reglamento Decreto supremo 014-2017-MINAM— que también rige para los aceites comestibles residuales— es posible identificar los argumentos bajo los cuales se justifica por qué determinados productos pueden ser considerados dentro del Régimen Especial de Gestión de Residuos de Bienes Priorizado de dicha ley. En este trabajo se presenta la situación de los ACR frente a los contenidos de la ley y del reglamento, así como algunas de las prácticas locales relacionadas. Primero se explica la razón por la que, a los aceites, que son líquidos, se les está considerando en una ley para sólidos; luego se define el concepto de bienes priorizados, se presentan los principios contemplados en la ley relacionándolos con los ACR; así como los alcances de responsabilidad extendida del productor para el caso de los ACR, para al final presentar los criterios del reglamento bajo los cuales se determina en qué casos los residuos pueden ser considerados bienes priorizados y cómo estos criterios son abordados y justifican que los ACR sean considerados dentro del «Régimen Especial de Gestión de Residuos de Bienes Priorizados».
Año de publicación: 2018